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martes, 12 de agosto de 2014

El Contralor General de la República del Perú

Es una entidad descentralizada de Derecho Público que posee autonomía conforme a lo establecido en su ley orgánica.

El contralor se encarga fundamentalmente del control, supervisando la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, y todas las operaciones relacionadas a la Deuda Pública.

Es Contralor es designado por el congreso a proposición del Poder Ejecutivo, su periodo es de siete años siendo removido solo por el congreso por motivo de una falta grave.

Está establecido de esta manera en el texto Constitucional en el Artículo 82.

La Contraloría General de la República según la Constitución Política

Está establecida en el Artículo 82 del Texto Constitucional:

Artículo 82.- La Contraloría General de la República

La Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control.

El Contralor General es designado por el Congreso, a propuesta del Poder Ejecutivo, por siete años. Puede ser removido por el Congreso por falta grave.

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