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miércoles, 20 de agosto de 2014

Orden y seguridad durante los comicios en el Perú según la Constitución Política

Está establecido en el Artículo 186 del Texto Constitucional

Artículo 186.- Orden y seguridad durante los comicios

La Oficina Nacional de Procesos Electorales dicta las instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los comicios. Estas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

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