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martes, 12 de agosto de 2014

El Ejercicio del poder del Estado en el Perú según la Constitución Política

Está establecido en el Artículo 45 del Texto constitucional

Artículo 45.- Ejercicio del poder del Estado

El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen.

Ninguna persona, organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese poder. Hacerlo constituye rebelión o sedición.

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